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Pagos y descuentos

AGIP patente: cómo consultar la deuda por dominio y pagarla en CABA

23 de junio de 2026 · 8 min de lectura

La deuda de patente en CABA se consulta en el portal de AGIP cargando solo el dominio del auto. No pide clave ni cuesta nada. AGIP es el fisco de la Ciudad y cobra el impuesto a los vehículos radicados en ella. En pantalla aparecen las cuotas pendientes con su importe actualizado, y desde ahí mismo bajás la boleta para pagar.

Respuesta rápida

Qué necesitás saber Respuesta
¿Dónde se consulta? En la consulta de boletas, saldos y deuda de Patentes de AGIP
¿Qué pide? El dominio, escrito dos veces. El dígito verificador es opcional
¿Hace falta clave? No
¿Qué muestra? Solo las cuotas pendientes, no las ya pagadas
¿Si no puedo pagar todo? Plan Permanente de hasta 36 cuotas

¿Cómo consulto la deuda de patente en AGIP?

  1. Abrí la consulta de boletas, saldos y deuda de Patentes.
  2. Escribí el dominio y volvelo a escribir en “Reingrese dominio”.
  3. Si tenés el dígito verificador, tildá la opción y cargalo. Es opcional: sin él, las boletas salen sin el nombre y la dirección del contribuyente, por resguardo del secreto fiscal.
  4. Tocá Consultar.

La pantalla muestra los datos del dominio, la tabla de boletas (año, cuota, vencimiento, concepto e importe actualizado) y la deuda registrada, separada en administrativa y judicial, con el total adeudado. Si el dominio tiene deuda en juicio, avisa con la leyenda “Este dominio registra deuda en juicio”. Solo figuran las cuotas impagas: lo que ya pagaste no se ve.

Sirve para autos radicados en la Ciudad. Si el auto está inscripto en otra jurisdicción, el impuesto lo cobra otro organismo (en la guía de cómo consultar la deuda de patente están los de cada provincia).

Para el aumento de este año y el tope, mirá patente CABA 2026: aumento, tope y fechas.

¿Cuándo vencen las cuotas y cómo se pagan?

El impuesto es anual y se divide en seis cuotas bimestrales. Según el calendario de vencimientos de Patentes Automotores que publica AGIP para 2026, las fechas son 27/2, 22/4, 22/6, 24/8, 22/10 y 22/12. Son del calendario 2026: las de otros años se miran en el sitio de AGIP.

AGIP informa estos medios de pago:

  • Pago en línea desde “Tu boleta”, con el dominio y tarjetas VISA y Mastercard, de crédito y de débito.
  • Billeteras virtuales, escaneando el código QR de la boleta y pagando con “Dinero en cuenta”.
  • Home banking: PagoMisCuentas y Red Pagar.
  • Cajeros automáticos (Banelco y Pagar), con el código de pago electrónico de la boleta.
  • Redes de cobro (Pago Fácil, Rapipago, Provincia Net), donde se paga con solo el número de patente. AGIP aclara que ahí solo pueden pagarse posiciones no vencidas: para una cuota vencida usá la boleta actualizada.
  • Bancos, entre ellos Banco Ciudad, con o sin boleta.
  • Débito automático, que se gestiona únicamente en tu banco o en la emisora de la tarjeta.

La acreditación demora de 2 a 3 días hábiles en la mayoría de los medios y 4 en el pago en línea desde el sitio.

¿Qué descuentos y recargos hay en 2026?

Según AGIP para 2026:

  • 10% de bonificación por buen cumplimiento, si pagaste a término todas las cuotas de 2025 y no tenés deuda vencida.
  • 10% de descuento por pago anual anticipado, con una sola fecha de vencimiento.
  • Débito automático: una bonificación que se aplica en la última cuota, para quienes adhirieron antes del 30/4/2026.

El descuento de buen cumplimiento y el del débito automático son solo para personas humanas con el dominio correctamente titularizado.

Pagar fuera de término suma recargo e intereses resarcitorios hasta el día del pago: el porcentaje del día lo informa AGIP en la boleta. AGIP también informa una reliquidación de boletas en 2026: si pagaste la cuota anual antes y quedaste con saldo a favor, podés pedir la devolución.

¿Existe un libre deuda de patente en CABA?

Depende de para qué lo necesites. El trámite oficial de AGIP se llama Certificado de Inexistencia de Deuda Tributaria de Patentes Automotores y, según la página del trámite, se emite a pedido de un juzgado: lo solicita un abogado matriculado en el Colegio Público de Abogados (o una persona autorizada por escrito), con el dominio y los datos de la causa, por la web de AGIP o en el Colegio. Si hay deuda exigible, hay que pagarla antes. La página no informa costo ni validez.

Para saber si debés o no, no hace falta ese certificado: la consulta por dominio muestra las cuotas pendientes y, si no hay ninguna, el auto está al día. Para transferir un auto, el libre deuda de patentes ya no es obligatorio desde septiembre de 2024, como explica comprar o vender con deuda de patente. Cómo se comprueba en cada provincia: libre deuda de patente: dónde existe y cómo sacarlo.

¿Qué pasa si no pago la patente?

La deuda sigue corriendo con recargo e intereses. Si no se regulariza, AGIP puede ir a juicio: el Código Fiscal permite ejecutar por la vía de la ejecución fiscal, sin intimación previa, la deuda de impuestos que se liquida administrativamente (art. 160), y alcanza con la constancia de deuda firmada por un funcionario de AGIP como título ejecutivo (art. 537). Cuando la deuda está en gestión judicial, la maneja un mandatario designado.

¿La deuda de patente de CABA prescribe?

Sí, y las reglas están en el Código Fiscal (T.O. 2026). Más sobre apremio y embargo en patente impaga: prescripción y embargo.

  • Plazo: cinco años para exigir el pago del impuesto (art. 74).
  • Desde cuándo corre: desde el 1 de enero siguiente al año en que venció el pago (art. 76).
  • Qué lo interrumpe: el reconocimiento expreso o tácito de la deuda, la renuncia al plazo corrido y el inicio de la ejecución fiscal (art. 86). Si te acogiste a un plan de facilidades, el nuevo plazo cuenta desde el 1 de enero siguiente al año en que termine el plazo del plan, aunque el plan esté caduco (art. 86).
  • Qué lo suspende: la intimación de pago suspende el plazo por un año (art. 83, inc. 3).

Si la deuda está en instancia administrativa, podés plantear la prescripción ante AGIP, que la evalúa y resuelve (art. 75). Con sentencia, el plazo es de diez años (art. 74).

¿Hay un plan de pagos para la deuda de patente?

Sí. AGIP ofrece el Plan Permanente de hasta 36 cuotas, que alcanza obligaciones vencidas de todos los impuestos, en instancia administrativa o judicial, sin límite de montos. Para adherirte:

  • La deuda tiene que haberse generado antes del 1 de enero del año en que te acogés.
  • Tenés que tener pagas las cuotas que vencieron en los 90 días corridos anteriores.
  • Hace falta Domicilio Fiscal Electrónico y una cuenta bancaria con CBU para el débito automático.
  • Necesitás cuenta miBA nivel 3.

Si la deuda ya está en juicio, el plan se genera con el mandatario asignado. Una vez emitido el título ejecutivo, el Código Fiscal prevé un derecho de adhesión que no puede superar el 3% de la deuda a regularizar (art. 537). Si ya tenés un plan, se entra con el número de solicitud para sacar la boleta.

¿Quién no paga patente en CABA?

El artículo 430 del Código Fiscal exime, entre otros, a los vehículos de más de 25 años de antigüedad y a los de personas con discapacidad (a su nombre o de padres, tutores, descendientes, cónyuge o pareja conviviente, para su uso, hasta un vehículo por persona y con tope de valuación que fija la Ley Impositiva). Para la discapacidad, AGIP tiene su formulario de solicitud de exención. Los eléctricos tienen exención total y los híbridos una exención de 24 meses que después baja (art. 433).

Casos que traen dudas

  • Vendí el auto y me sigue llegando la boleta. La denuncia de venta ante el Registro te exime si informás los datos del comprador y la fecha, y no había deuda de patente al comunicarla a AGIP (art. 424). Desde el DNU 70/2023, hecha la denuncia, el nuevo obligado al pago pasa a ser el comprador. Cuanto antes la hagas, mejor.
  • El auto se fue de la Ciudad. El cambio de radicación hay que comunicarlo a AGIP, y se paga hasta el traslado (art. 426). Sobre el trámite: cambio de radicación.
  • Vivo en CABA y el auto está radicado en otro lado. AGIP aclara que, con domicilio o guarda habitual en la Ciudad, el auto debe estar radicado acá, y el Código Fiscal presume la radicación en esos casos (art. 420).

La patente no incluye las multas

AGIP cobra el impuesto, no las infracciones. Las multas de tránsito son otra deuda, con otro organismo, y no figuran en la boleta de patente. Hay quien tiene la patente al día y multas sin pagar, o al revés. La diferencia entre patente y multa está explicada aparte, y si estás por comprar, mirá qué pasa con la deuda de patente al comprar o vender.

La patente se consulta y se paga en AGIP. Las multas del auto las podés consultar gratis en Multita, que cubre las jurisdicciones más grandes, entre ellas Provincia de Buenos Aires, CABA y Santa Fe. El informe completo busca en 44 jurisdicciones a la vez. Multita no consulta ni cobra patentes, y no es un organismo oficial.

Preguntas frecuentes

¿Cómo consulto la deuda de patente en AGIP?

Entrá a la consulta de boletas, saldos y deuda de Patentes de AGIP, cargá el dominio dos veces y tocá Consultar. El dígito verificador es opcional. La consulta es gratuita y solo muestra las cuotas pendientes de pago, no las ya pagadas.

¿Hace falta clave para ver la deuda de patente en CABA?

No. El formulario de consulta pide solamente el dominio. Si no cargás el dígito verificador, las boletas que bajes no traen el nombre ni la dirección del contribuyente, por resguardo del secreto fiscal.

¿Hay plan de pagos para la deuda de patente en CABA?

Sí. AGIP tiene un Plan Permanente de hasta 36 cuotas que alcanza deudas vencidas en instancia administrativa o judicial, sin límite de montos. Hay que tener Domicilio Fiscal Electrónico, una cuenta bancaria para el débito automático y cuenta miBA nivel 3.

¿A los cuántos años prescribe la deuda de patente en CABA?

El Código Fiscal de la Ciudad fija cinco años para exigir el pago de los impuestos. El plazo empieza a correr el 1 de enero siguiente al año del vencimiento y se interrumpe, entre otros casos, por el reconocimiento de la deuda o por el inicio de la ejecución fiscal.

¿Qué vehículos no pagan patente en CABA?

Entre otros, los de más de 25 años de antigüedad, los de personas con discapacidad que cumplan los requisitos y los eléctricos. Los híbridos tienen una exención por tiempo limitado. Las exenciones están en el Código Fiscal de la Ciudad.

Fuentes oficiales

Los datos de esta nota salen de organismos y normas oficiales. Ante cualquier duda, la fuente es la que manda: verificá el dato ahí.